jueves, 30 de julio de 2009

OBLIGATORIO EL DESCUENTO A MAESTROS Y ESTUDIANTES EN TRANSPORTE FEDERAL DE PASAJEROS

OBLIGATORIO EL DESCUENTO A MAESTROS

Y ESTUDIANTES EN TRANSPORTE FEDERAL DE PASAJEROS

Será de 25 y 50 por ciento a la comunidad del sistema educativo nacional

Se aplicará a ocho educandos y dos profesores por cada corrida

A partir de mañana y hasta el próximo 23 de agosto, maestros y alumnos del Sistema Educativo Nacional obtendrán descuentos de 25 y 50 por ciento en las tarifas de los servicios ferroviarios y del autotransporte federal de pasajeros, acredita una circular emitida por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).

La comunicación de la dependencia es congruente con el calendario escolar 2009-2010 aprobado por la Secretaría de Educación Pública (SEP), y toma en consideración que las vacaciones aprobadas por las diversas universidades del país no siempre coinciden con las programadas en dicha agenda.

El documento, publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación, establece que los prestadores de servicios ferroviarios de pasajeros en su modalidad de interurbano, y los permisionarios del autotransporte federal de pasajeros en los servicios de primera y económico, deberán otorgan dichas reducciones en las tarifas que actualmente aplican y que estén a la vista del público.

También aclara que en el caso de que maestros y alumnos disfruten de vacaciones en fecha distintas a las señaladas en el calendario escolar, el descuento se realizará mediante una constancia oficial expedida por la escuela o universidad a la que pertenezcan; en ésta se especificará que los interesados se encuentran de vacaciones, así como el periodo de duración de las mismas.

Para hacerse acreedores de las rebajas, profesores y estudiantes deberán acreditar ese carácter mediante la exhibición de su credencial en vigor o, en su defecto, una constancia que expida la escuela a la que pertenezcan, que deberá contener el sello y nombre de la misma, así como los datos del beneficiario.

La circular aclara que las credenciales con que los maestros y los estudiantes acrediten el derecho al descuento serán exclusivamente de las instituciones integradas a los sistemas de la Secretaría de Educación Pública (SEP); Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM); Instituto Politécnico Nacional (IPN); universidades de toda la República; institutos, escuelas libres de derecho, comercio y homeopatía; Colegio de Bachilleres, así como los planteles incorporados a las mismas.

En caso de que se viaje en conjunto por ferrocarril, los prestadores de este servicio podrán vender boletos de grupo, en aquellos casos en que se encuentre previsto tal supuesto en las tarifas registradas o en sus reglas de aplicación.

Los permisionarios del autotransporte federal de pasajeros deberán limitar el cupo a ocho estudiantes y dos maestros por autobús.

De acuerdo con la circular de la SCT, los boletos de descuento a maestros y colegiales deben ponerse a la venta con anticipación a los normales, y se les deberá anotar la leyenda “vacaciones”.

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