miércoles, 26 de enero de 2011

CONDONA IMSS MULTAS Y RECARGOS A PATRONES


CONDONA IMSS MULTAS Y RECARGOS A PATRONES CON ADEUDOS HASTA JUNIO DE 2010

• Deben estar dispuestos a cubrir sus adeudos ante el IMSS en una sola exhibición

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en la delegación Veracruz Norte pone a disposición de los patrones la oportunidad de condonar multas y recargos con adeudo hasta el 30 de junio de 2010 en beneficio de 10 mil 662 patrones registrados ante el Instituto en esta demarcación, informo el delegado Victor Perez del Valle Ibarra.

El funcionario explicó que en todas las subdelegaciones con las que cuenta el Seguro Social, se atenderá a los patrones que deseen regularizar su adeudos generados hasta el 30 de junio de 2010, por concepto de cuotas obrero patronales, capitales constitutivos, gastos realizados por el Instituto por inscripciones improcedentes y los que el IMSS tenga derecho a exigir a las personas no derechohabientes.

Así como adeudos por créditos fiscales que se estén pagando mediante convenio a plazos en términos del artículo 40C, de la Ley del Seguro Social (LSS), créditos en litigio, previo desistimiento del medio de defensa.

En los adeudos de los Seguros de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, solo aplica la condonación de multas; Créditos Fiscales en que el patrón se autodetermine hasta el periodo que vence en junio de 2010; Adeudos que únicamente se integren por multas y/o recargos moratorios documentados; y adeudos provenientes de actos de fiscalización.

Invitó a los patrones que deseen acogerse a este beneficio a que se presenten con un escrito libre que contenga los siguientes requisitos: : nombre, denominación o razón social del patrón o sujeto obligado; número o números del registro patronal asignado con cargo a los cuales se tengan registrados los créditos fiscales que integran el adeudo a regularizar.

También deberán incluir el domicilio fiscal y/o en su caso domicilio para notificaciones; nombre del representante legal, en su caso, acompañado de copia certificada del instrumento mediante el cual acredite su personalidad y facultades; fecha en que se realizará el pago de una sola exhibición del adeudo a regularizar; garantizar el interés fiscal del adeudo con base en el Código Fiscal de la Federación; y en caso de adeudos de litigio en trámite, presentar una copia certificada del desistimiento y acuerdo dictado por la autoridad.


Dijo que la recepción de solicitudes tiene como fecha limite el 31 de marzo. Precisó que el personal de las subdelegaciones está proporcionando asesoría para redactar el documento, a través del cual los patrones solicitan su adhesión al programa.

La condonación aplica, como ya se había mencionado, a aquellos adeudos generados hasta el 30 de junio de 2010; los porcentajes de descuento varían de acuerdo a la fecha en que se realice el pago:

Fecha de pago Recargos Multas
Del 1 enero al 31 marzo 100% 100%
Del 1 abril al 31 mayo 80% 90%
Del 1 junio al 30 junio 50% 90%

El Instituto tendrá 10 días hábiles para responder a la petición del patrón o sujeto obligado, informándole de la aceptación de dicho escrito, o bien, requiriéndole los datos, documentos o informes que hubiese omitido.

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