martes, 20 de marzo de 2012

ALFIL



La comunicación en la trata de personas
Por Roberto Piñón Olivas
La trata de personas produce ganancias anuales por unos 9 mil 500 millones de dólares, con la explotación sexual y laboral de casi un millón de personas en el mundo.
En México cada año 20 mil niños, niñas y adolescentes son víctimas de la explotación sexual y 85 mil son usados en actos de pornografía. En 21 de las 32 entidades del país existe turismo sexual.
De acuerdo a la Coalición Regional Contra el Tráfico de Mujeres y Niñas de América Latina y el Caribe, de acuerdo a estas estadísticas, México se ubica en un quinto lugar mundial en la incidencia de este fenómeno, que tiene múltiples aristas. Una de ellas es la intervención de la comunicación social.
Se calcula que los diarios nacionales españoles obtienen al año 5 millones de euros por los anuncios por palabras que ofertan servicios sexuales.
En México se desconoce la cifra, pero existen múltiples periódicos que divulgan anuncios de servicios sexuales.
Esta práctica, en materia federal, está prohibida por la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, gracias a una reforma autorizada y publicada en 2006.
El artículo refiere que “la persona que contrate publicidad por cualquier medio de comunicación, así como la persona que publique anuncios, que encuadren en alguna de las conductas del delito de trata de personas será sancionada conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de esta ley”.
Dicho artículo sexto se refiere a las sanciones contra quienes cometen el delito de trata de personas, equiparando por tanto la conducta contratar publicidad y publicar anuncios, con el referido ilícito para efectos de sanción.
La trata de personas por lo regular es un delito del fuero común, salvo la presencia de delincuencia organizada o alguna situación transfronteriza o internacional, por lo tanto para perfeccionar la efectividad de la norma se requieren modificaciones legislativas estatales.
Es un asunto delicado no solo por la conducta delictiva que es la explotación sexual de las personas, sino porque puede resultar tentador vulnerar la libertad de expresión bajo el argumento legal de atacar el fenómeno delictivo.
Sin embargo la consolidación de un marco periodístico ético debe cruzar necesariamente por el abandono de prácticas que vulneran el tejido social, como es el caso de los anuncios sexuales, en una tendencia armónica con el avance internacional, donde destaca el protocolo de Palermo, acuerdo que exige de los Estados firmantes el cumplimiento de estrategias para combatir la trata de personas.

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