DEVUELVE TEDF CANDIDATURA A CAMILO CAMPOS EN CUAJIMALPA
Anuló el órgano colegiado la designación de Kenia López Rabadán, a quien Campos ganó por una diferencia de 5 a 1 por el voto de los ciudadanos en elección abierta
Anuló el órgano colegiado la designación de Kenia López Rabadán, a quien Campos ganó por una diferencia de 5 a 1 por el voto de los ciudadanos en elección abierta
México, D. F., a 4 de mayo de 2012
El Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) devolvió hoy el triunfo a Camilo Campos López como candidato del Partido Acción Nacional (PAN) a la Jefatura Delegacional por Cuajimalpa, luego de invalidar la designación de la actual diputada federal Kenia López Rabadán y hacer prevalecer el voto de los ciudadanos en la primera vez que el PAN realizaba una elección abierta en seis demarcaciones del Distrito Federal.
Los magistrados electorales consideraron que las pruebas presentadas ante la Comisión Nacional de Elecciones por Kenia López y José Manuel Rendón no fueron suficientes para acreditar la anulación del proceso interno de selección de candidatos, por lo que el órgano colegiado ordenó al partido blanquiazul que registre como aspirante a Jefe Delegacional por Cuajimalpa a Camilo Campos López.
Kenia López y José Manuel Rendón impugnaron el proceso de elección del candidato el pasado 18 de marzo, arguyendo que hubo una presunta movilización, compra y coacción del voto, que finalmente fue ganado a razón de 5 a 1 por Campos López, quien contó con el apoyo de los ciudadanos cuajimalpenses.
El juicio TEDF-JLDC-145-2012 votado a favor por cuatro de los cinco magistrados del TEDF indica que "del análisis de las determinaciones impugnadas, se advierte que la Comisión Nacional de Elecciones se limitó a realizar manifestaciones genéricas, carentes de sustento jurídico y probatorio, omitiendo señalar de manera clara, las razones particulares, causas inmediatas y circunstancias especiales que la llevaron a determinar fundadas las irregularidades que se le imputaron".
La Comisión Nacional de Elecciones del PAN determinó anular los sufragios recibidos en los centros de votación de elección de la delegación Cuajimalpa porque de acuerdo con los inconformes, el ex director General Jurídico y de Gobierno de la demarcación antes señalada se valió del programa Oportunidades del Gobierno Federal, así como de acarreo de personas a los centros de votación, violencia o presión sobre los electores; compra de votos y de impedir votar a otros.
Sin embargo, la ponencia del magistrado Armando Maitret, consideró que Camilo Campos tuvo la razón al reclamar el triunfo que obtuvo porque en los elementos de prueba como “videograbaciones, audios, material fotográfico, publicaciones periodísticas y testimonios notariales, no se acreditan plenamente las conductas afirmadas".
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