C. AGENTE DEL MINSITERIO PÚBLICO INVESTIGADOR
DEL FUERO COMÚN
P R E S E N T E.
LICENCIADO EN DERECHO JESÚS GONZÁLEZ BALDERAS, CON CEDULA PROFESIONAL NÚMERO 5006667, MEXICANO, MAYOR DE EDAD, POR MI PROPIO DERECHO, SEÑALANDO COMO DOMICILIO PROCESAL PAR OÍR Y RECIBIR TODA CLASE DE NOTIFICACIONES EN LA CALLE DE ZAPATA NÚMERO 483-A ENTRE LAS AVENIDAS GENERAL PRIM Y PRIMERO DE MAYO DE ESTA CIUDAD Y PUERTO DE VERACRUZ, VER, ANTE USTED COMPAREZCO Y DIGO:
QUE POR MEDIO DEL PRESENTE ESCRITO Y DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 8, 17, 19, 20 APARTADO “B”, DE NUESTRA CARTA MAGNA, VENGO A INTERPONER FORMAL DENUNCIA EN CONTRA DEL LICENCIADO GUSTAVO ADOLFO PAYÁN MEZA, QUIEN PUEDE SER LOCALIZADO EN EL H. AYUNTAMIENTO DE LA CIUDAD DE BOCA DEL RÍO, POR EL DELITO DE ABUSO DE CONFIANZA, EN ATENCIÓN A LOS SIGUIENTES:
H E C H O S
1.- RESULTA QUE EL SUSCRITO SOY TÍTULAR DEL DESPACHO DE ABOGADOS CUYO DOMICILIO DEJE SEÑALADO EN EL PREAMBULO DE MI PRESENTE QUERELLA, SIENDO ESTE EL lugar en donde laboraba El denunciado (con QUIEN por cierto EN ESE tiempo nos UNIA UNA ESTRECHA AMISTAD que data desde hace VEInticinco AÑOS) , es el caso que en su momento LE ASIGNE la responsabilidad para asesorar y representara los intereses en UN ASUNTO DE CARÁCTER LABORAL, a mi cliente de nombre JUAN CARLOS SALDAÑA TAMAYO, Tal y como lo veníamos haciendo con las condiciones y los porcentajes estipulados por el suscrito en cada asunto que distribuyo
2.- ASÍ LAS COSAS, EL LICENCIADO GUSTAVO ADOLFO PAYÁN MEZA, LE PIDIÓ A UNO DE MIS COLABORADORES el C. ALVARO LÓPEZ CAPETILLO, PÀRA QUE ELABORARA LA DEMANDA en comento Y una vez ya confeccionada esta, con fecha 04 de septiembre del año 2009, entonces EL AHORA DENUNCIADO, la PRESENTO ANTE LA AUTORIDAD CORRESPONDIENTE Y POSTERIORMENTE COMENZO A TENER CONTACTO telefónico con los abogados de la parte contraria cuya sede la tenían en la ciudad de méxico, obviamente los arreglos extra-laborales se hacían en mi oficina y usando además mis teléfonos celulares esto para abreviar y concertar así un finiquito favorable a MI CLIENTE EL SEÑOR JUAN CARLOS SALDAÑA TAMAYO.
3.- AHORA BIEN, COMENZARÓN A PASAR LOS MESES Y CADA VEZ QUE LE PREGUNTABA AL HOY INFRACTOR SOBRE EL ASUNTO ESTE SIEMPRE ME DECÍA QUE NOS TENÍAMOS QUE IR A JUICIO ya que los abogados contrarios no quisieron ningún arreglo y que por esa razón se trasladaría a la junta de conciliación en la ciudad de México , A FIN DE OBTENER UN LAUDO a NUESTRO FAVOR después de un juicio bien llevado, COMO EN ESE ENTONCES CONSIDERABA AL SUJETO ACTIVO MI AMIGO, NO DUDE DE SU PALABRA, SIN EMBARGO MAYUSCULA FUE MI SORPRESA CUANDO OTRO DE MIS COLABORADORES EL LICENCIADO DIEGO LÓPEZ, LLEGO MUY MOLESTO AL DESPACHO PARA INFORMARME
QUE SE HABÍA ENCONTRADO AL SEÑOR JUAN CARLOS SALDAÑA TAMAYO, EL CUAL LE INFORMO QUE EL HOY DENUNCIADO, LE HABIA exigido POR SUS SERVICOS PROFESIONALES LA SUMA DE $45,000.00 (CUARENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N), GDINERO QUE SEGÚN ESTE el suscrito LE HABIA ORDENADO QUE SE LOS PIDERA, SIN EMBARGO NO FUE ASÍ, POR LO QUE ME AVOQUE A LA TAREA DE LOCALIZAR A ESTE DESPRECIABLE SUJETO Y AL ENCARARLO frente al portón DEL desaparecido RECLUSORIO IGNACIO ALLENDE UBICADO EN LA AVENIDA IGNACIO ALLENDE ENTRE HERNAN CORTES Y FRANCISCO CANAL DE LA COLONIA CENTRO DE ESTA CIUDAD, le exigí me diera una explicación que porque me había engañado que se iba a ir a juicio en el asunto y que inclusive ya hasta había cobrado el porcentaje tazado por el suscrito en toda clase de asuntos que les asigno a cada uno de mis colaboradores y que no era justo que no me hubiera reportado a mi despacho la cantidad de cuarenta y cinco mil pesos, y que mi cliente personalmente me lo había confesado con temor y miedo porque mi cliente fue coaccionado que no me dijera nada, por la sencilla razón que con ese dinero el licenciado payan SE ACOMPLETARIA PARA COMPRAR el puesto en la dirección de medio ambiente, al licenciado SALVADOR Manzur DÍAZ ACTUAL ALCALDE EN EL MUNICIPIO DE BOCA DEL RÍO CUYO COSTO TOTAL SERÍA DE 200 MIL PESOS todavía inquirir y le dije al denunciado que me hubiera hablado como caballeros que bien sabe que en tiempo que tengo de conocerle nunca le había negado nada y que se acordara cuando la época de miguel alemán el suscrito lo hizo agente del ministerio publico, gracias a mi incondicional apoyo y que no fuera un patético mal agradecido y que por favor entregara el dinero a mi despacho para que se le entregara sus diez mil pesos, que le correspondían por ese asunto y que desde luego sabia perfectamente que así eran las normas y políticas de mi despacho entonces en ese acto, ESTE ME Respondió :””” JESÚS NO SE DE LO QUE ME ESTAS HABLANDO, ES MÁS HAZLE COMO QUIERAS, QUE AL FIN Y AL CABO AHORA TENGO UN PUESTO EN LA POLÍTICA Y ahora GOZO DE IMPUNIDAD Y ME VAS a pelar la verga””””. SIN DECIR MÁS ME DEJO CON LA PALABRA EN LA BOCA Y SE RETIRO, SOLTANDO UNA SONRISA BURLONA, IRONÍA Y A LA VEZ SARCASTÍCA.
EN CONSECUENCIA DE LO ANTERIOR PIDO LA PRONTA E INMEDIATA INTERVENCIÓN DE ESTA REPRESENTACIÓN SOCIAL, PARA QUE NO PERMITA QUE ESTE SUJETO ELUDA LA ACCIÓN DE LA JUSTICIA ESCUDANDOSE EN EL PUESTO QUE AHORA DETENTA EN EL H. AYUNTAMIENTO DE BOCA DEL RÍO, VER.- OJO:- LICENCIADO SALVADOR MANZUR DÍAZ, FIJESE BIEN, QUE CLASE DE FUNCIONARIOS TIENE A SU ALREDEDOR PARA QUE NO lo traicionen y así EMPAÑEN SU buena IMAGEN COMO POLÍTICO HONORABLE Y DESTACADO.
D E R E C H O
EN CUANTO AL FONDO SON APLICABLES LOS ARTÍCULOS 216 Y 217, EL CÓDIGO PENAL VERACRUZANO
EL PROCEDIMIENTO LO RIGEN LOS NUMERALES 122, 123, 124, 125, 126, 127, 128, 129, 130, 131, 132, 133, 134, 135, 136, 137, 138, 139, 140, 141, 142, 143, 144, DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES, DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL, AMBOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS EN VIGOR.
P R U E B A S
TESTIMONIAL.- A CARGO DE LOS C.C. ÁLVARO LÓPEZ CAPETILLO, JUAN CARLOS SALDAÑA TAMAYO Y DIEGO LÓPEZ, A QUIENES ME COMPROMETO A PRESENTAR PARA QUE RINDAN SU DECLARACIÓN MINISTERIAL RESPECTO DE LOS HECHOS QUE LES CONSTAN Y DE LOS QUE HOY ME DUELO.
POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO Y FUNDADO A USTED C. FISCAL, LE PIDO:
PRIMERO.- TENERME POR PRESENTADO CON MI DENUNCIA PERMITIÉNDOME SU RATIFICACIÓN, SEÑALANDOME DÍA Y HORA, PARA PRESENTAR A MIS TESTIGOS DE CALIDAD Y DE CARGO, PARA QUE RINDAN SU DECLARACIÓN MINISTERIAL RESPECTO DE LOS HECHOS QUE LES CONSTAN Y QUE HOY SE INVESTIGAN.
SEGUNDO.- UNA VEZ INTEGRADA LA PRESENTE INDAGATORIA, DETERMINAR EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL.
TERCERO.- HACER LA CONSIGNACIÓN ANTE EL C. JUEZ, QUIEN DEBERÁ DE OBSEQUIAR LA ORDEN DE APREHENSIÓN.
PROTESTO MIS RESPETOS.
LIC. JESÚS GONZÁLEZ BALDERAS
H. VERACRUZ, VER, A 17 DE ENERO DEL 2011
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