viernes, 15 de abril de 2011

INCLUIR EN LAS ATRIBUCIONES DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO LA MATERIA ECONOMICA, PROPONE BUENO TORIO

Incluir en las atribuciones de los tribunales colegiados de circuito la materia económica, propone Bueno Torio

Senado de la República

Viernes 15 de Abril de 2011 11:57

El senador panista Juan Bueno Torio propuso que en las atribuciones de los tribunales colegiados de circuito se incluya la materia económica y temas como telecomunicaciones, energía, transporte, servicios financieros y comercio exterior, a fin de reducir el plazo de cumplimiento de los actos administrativos y resoluciones de los órganos reguladores y así, privilegiar el interés general por encima del particular.

Por ello, el Legislador por Veracruz planteó modificaciones al artículo 37 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y al artículo 2 bis de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

Bueno Torio expuso que la política económica de apertura al mercado de sectores como telecomunicaciones, energía, transporte, financiero, entre otros, se dio a partir de la década de los 80, como respuesta a la falta de competitividad y crecimiento económico del país.
Esta política, continuó, se desarrolló mediante la desregulación de diversas actividades económicas que estaban sujetas a controles de precios, subsidios y concesiones, y también se crearon órganos reguladores sectoriales como Cofetel, CNBV, Consar y la Cofeco, en su carácter de regulador en materia de competencia en todo tipo de actividades económicas.

“Estas entidades se conformaron como órganos desconcentrados a los que se transfirieron las tareas de regulación de las secretarías de Estado. De esta forma, se encargarían de la regulación económica de estas actividades, a fin de promover y proteger el funcionamiento eficiente de los mercados”, apuntó.

El también integrante de la Comisión de Comunicaciones y Transportes afirmó que los sectores sujetos a esta regulación tienen una importancia primordial en el funcionamiento de la economía, ya que impactan fuertemente a las demás actividades económicas.

Una intervención equivocada o innecesaria en estos sectores, consideró, puede generar una distorsión mayor a la que se pretendía corregir.

“En este sentido, es una materia que resulta altamente especializada y técnica, y necesariamente requiere de la intervención de expertos que tengan conocimientos en regulación económica y que conozcan el marco regulatorio en que se desarrolla el sector, con el objetivo de garantizar el funcionamiento eficiente de los mercados regulados.

“El proceso de revisión de las actuaciones de los órganos reguladores debe ser expedito, a fin de corregir rápidamente las deficiencias en el funcionamiento del mercado para restituirle al Estado y a la sociedad los beneficios que conlleva su correcto funcionamiento”, remarcó.

Bueno Torio sostuvo que es fundamental garantizar la adecuada defensa de los intereses de los agentes económicos para evitar posibles abusos por parte de los órganos reguladores, así como permitir a estos últimos el cumplimiento de los objetivos que tienen como autoridades reguladoras.

“Por lo anterior, resulta necesario que dentro de sus atribuciones los tribunales colegiados puedan contar con una instancia revisora especializada con conocimientos económicos y jurídicos en temas de vital importancia para nuestro país”, insistió.

Explicó que la instancia de revisión que se considera actualmente en la mayoría de las legislaciones sectoriales es el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA), que acarrea una serie de problemas, “por ejemplo, el análisis que se realiza en éste es el mismo que podría hacerse en sede judicial, incluso más limitado, ya que sólo se decide sobre el sobreseimiento del asunto, o bien sobre la nulidad o validación de las resoluciones o actos administrativos”.

El Senador de Acción Nacional detalló que las sentencias que al respecto emite el TFJFA todavía están sujetas a revisión ante el Poder Judicial, lo cual implica que las resoluciones de los órganos reguladores quedan firmes hasta el agotamiento de la instancia administrativa que se tiene en los ordenamientos sectoriales y de los recursos judiciales que podrían tramitarse.

“Otra desventaja de la revisión en sede administrativa radica en los plazos excesivamente largos de resolución que requiere esta instancia, los que aunados a los requeridos en sede judicial generan importante retraso en la aplicación efectiva de la legislación sectorial, en detrimento del interés general.

“Así, la revisión en sede administrativa que establece la regulación sectorial resulta inadecuada en términos de economía procesal, así como de aplicación expedita de la legislación”, concluyó.

La iniciativa de Bueno Torio se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos Primera, para su análisis y dictaminación.

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